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<br />e <br /> <br />e <br /> <br />Decreto No. 94-1965, Pagina 11 <br /> <br />seccion 7. E1 Secretario de la Ciudad de La Porte emitira enseguida <br />un aviso de dicha eleccion al hacer que una copia verdadera de este <br />Decreto sean pub1icadas una vez en e1 BAY SHORE SUN, el cual se ha <br />encontrado y confirmado ser un periodico de circulacion general de <br />dicha Ciudad, no menos de diez (10) dias 0 mas de trienta (30) dias <br />antes de la fecha de dicha eleccion. <br /> <br />seccion 8. Al entregar el candidato su aplicacion en la forma <br />prescrita, el Secretario de la ciudad, dara a dicho candidato toda la <br />informacion necesaria para la calificacion de puesto que se esta <br />buscando; e1 metodo de colocar el nombre del candidato en las <br />papeletas de votacion; la cantidad de dinero requerido para <br />registrarse; y cualquier otra informacion necesaria que tenga que ver <br />con la eleccion. <br /> <br />seccion 9. Cada candidato para el puesto de Alcalde y Consejero <br />debera de ser un residente votante de la ciudad. Cada candidato para <br />el puesto de Consejero de Distrito, tambien debera de ser residente <br />del distrito por el cua1 se esta registrando. <br /> <br />Seccion 10. La fecha de vencimiento para que el candidato haga su <br />aplicacion, para que su nombre aparezca en 1as papeletas de votacion, <br />esta aqui designada y establecida ser alas 5:00 P.M. (cinco de la <br />tarde), miercoles 23 de marzo de 1994. No aplicacion sera aceptada <br />para registrarse antes del 21 de febrero de 1994. E1 precio del <br />registro para cada candidato para consejero esta establecido que sera <br />de $50.00 (cincuenta dolares). La quota de registro para candidato <br />para 1a oficina del Alcalde esta estab1ecida a $100.00 (cien dolares). <br />Este dinero sera usado para costear los gastos de 1a e1eccion, y dicho <br />precio sera prorrateado y si hay sobrante sera regresado a dichos <br />candidatos. Como alternativa para pagar el registro, el candidato <br />puede obtener un lugar en la papeleta de votacion al llenar una <br />peticion proveida por la carta constitucional del gobierno propio de <br />la Ciudad de La Porte, Articulo 2.04 c.3. <br /> <br />seccion 11. Dicha eleccion sera llevada a cabo de acuerdo con las <br />proviciones de la carta constitucional de La Ciudad de La Porte, y las <br />leyes de las e1ecciones generales del Estado de Texas de gobernando <br />elecciones generales y elecciones municipales, siempre y cuando esto <br />sea aplicable a ello. <br /> <br />seccion 12. Inmediatamente despues de dichas e1ecciones, el oficial <br />encargado hara la entrega de los resultados y de los records <br />acompanantes para e1 uso de una encuesta oficial del consejo municipal <br />de la Ciudad de La Porte; y el Consejo Municipal de 1a Ciudad <br />interpretara dichos resultados 10 mas pronto posible, e inmediatamente <br />despues de haber10s interpretado, declararan los resultados de la <br />eleccion. El Alcalde inmediatamente le entregara al candidato por el <br />cual la mayoria han votado para cada puesto, un certificado de <br />eleccion. Dicho oficial elegido asumira sus responsabilidades en los <br />siguientes diez (10) dias, excluyendo el domingo, a1 haber recibido <br />juramento al asumir el cargo. <br />