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<br />e <br /> <br />. <br /> <br />Seccion 6. Que todo el material de eleccion inc1uyendo aviso de eleccion, <br /> <br />papeletas de votacion, tarjetas de instr.ucciones, juramentos y otras formas que requieran <br /> <br />que el votante sea requerido a :finnl:u" y todo el material para la votacion temprana seran <br /> <br />estampado en Ingles y Espanol, 0 la traduccion del Espanol sera disponible ellas <br /> <br />circumstancias permitidas y en la manera que 10 requiere la ley. <br /> <br />Seccion 7. La Secretaria de la Ciudad de La Porte emitira enseguida un aviso <br /> <br /> <br />de dicha eleccion al hacer que una copia verdadera de esta Ordenanza sea publicada una <br /> <br /> <br />vez en el BA YSHORE SUN, el cual se ha encontrado y confirmado ser un Periodico de <br /> <br />circulacion general de dicha Ciudad, no menos de diez (10) dias 0 mas de treinta (30) <br /> <br />dias antes de la fecha de dicha eleccion. <br /> <br />Seccion 8. Al entregar el candidato su aplicacion en la -forma prescrita, la <br /> <br />Secretaria de la ciudad, dara a dicho candidato toda 1a informacion necessaria para la <br /> <br />calificacion de puesto que se esta buscando; el metodo de colocar el nombre del <br /> <br /> <br />candidato en las papeletas de votacion; la cantidad. de dinero requerido para registrarse; <br /> <br /> <br />y cualquier otra informacion neccesaria que tenga que ver con la eleccion. <br /> <br />Seccion 9. <br /> <br />Cada candidato para el puesto de Alcalde debera de ser un <br /> <br />residente votante de la ciudad. Cada candidato para el puesto de Consejero de Distrito,. <br /> <br />tambien debera de ser residente del distrito por el cual se esta registrando. <br />