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<br />e <br /> <br />. <br /> <br />ORDENANZA NOM. 1676 <br /> <br />UNA ORDENANZA LLAMANDO LA ELECCION ANNUAL DE LA CUI DAD DE LA PORTE i <br />ORDENANDO UNA ELLECION ELIMINATORIA SI ES NECESSARIO i ORDENANDO UNA <br />ELECCION DE ENMIENDA TITULARi DESIGNANDO PRECINTOS ELECTORALES Y <br />LUGARES DE VOTO i PROVEYENDO EL USO DE LAS MAQUINAS DE VOTAR i <br />NOMBRANDO OFICIALES ELECTORALESi PROVEYENDO LOS METADOS Y FECHAS <br />DE LA VOTACION EN AUSENCIAi PROVEYENDO POR UN COMITE DE VOTACION <br />EN AUSENCIAi PROVEYENDO LA NOTACION OFICIAL DE LOS VOTOS DE LA <br />ELECCIONi PROVEYENDO LA NOTICIA DE ELECCIONi PROVEYENDO LA FECHA <br />MAS TARDE PARA HACERSE CANDIDATO Y LOS GASTOS PARA ESTO i DANDO UNA <br />CLAUSULA DE SALVAMIENTO, EN LA CUAL SE DECLARA QUE SI UNA PORCION <br />DE LA ELECCION RESULTA INCORRECTA 0 CON ERROR, LAS PORCIONES QUE <br />QUEDAN NO ESTAN AUTOMATICAMENTE INVALIDASi COMPLIENDO CON LA LEY <br />DE LAS SESSIONES ABIERTAS i Y POR ESTO PROVEYENDO UNA FECHA <br />EFECTIVA. <br /> <br />SEA ORDENADO POR EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE LA PORTE: <br /> <br />Seccion 1. Una eleccion sera administrada dentro de los <br />limetes de la Cuidad de La Porte, Tejas el 5th dia de mayo, 1990, <br />ese dia siendo el primer sabado en mayo, 1990, entres las horas de <br />las siete (7:00) a.m. y las siete (7:00) p.m., para elegir <br />oficiales del ayuntamiento municipal: <br /> <br />Consejero por mayoria, posicion B - por 3 anos <br />Consejero - Distrito 1 - por 3 anos <br />Consejero - Distrito 6 - por 3 anos <br /> <br />La eleccion de empate, si necessaria, sera tomada mayo 19, <br />1990, entre las mismas horas. <br /> <br />seccion 1A. Habra una eleccion entre los limites corporativos <br />de la cuidad de La Porte, Texas el 5 de mayo, 1990, en la cual <br />eleccion se sometera a los votantes autorizados de la cuidad de La <br />Porte, para que accepten or rechazen la enmienda suiguiente al <br />titulo de Regla de Casa de la cuidad de La Porte, atestacion: <br /> <br />seccion 5.02, "procedimiento de Compras" del titulo de RegIa <br />de Casa de la cuidad de La Porte, Texas, sera enmendada para que <br />de hoy en adelante leera: <br /> <br />"5.02. procedimiento de Compras" <br /> <br />Todas las compras y contratos efectados por la cuidad seran <br />de conformidad a la demanda del jefe de la oficina, <br />departamento, 0 agencia a la cual la appropriacion se Ie <br />cobrara y ningun contrato ni orden obligara a la cuidad a 10 <br />menos que y hasta que el gerente de la cuidad 0 la persona <br />designada, apruebe y certifique que hay credito a tal oficina, <br />departamento, 0 agencia, suficiente para appropriar sin <br />sobrecargo y que haya un balance para pagar la provicion, <br />materias, 0 material 0 servicios contratados por la cual el <br />contrato u orden se ha hecho. Antes que la cuidad pueda <br />obligarse a un contrato en el cual se gastara mas de $5,000.00 <br />la cuidad tiene que cumplir con la demanda del titulo 252, <br />Codigo Local del Gobierno de Texas, para la oferta competativa <br />cerrada, 0 proposicion competativa cerrada. La cuidad puede <br />usar la proposicion competativa cerrada solo para la obtencion <br />de alta tecnologia. El Concilio puede otorgar al gerente <br />general de la cuidad la autoridad de contra tar los gastos sin <br />aprobacion mas del concilio para 10s articulos presupuestos <br />que no excedan los $5,' 000.00. Todos los contratos de gastos <br />excediendo mas de $5,000.00 tienen que ser expresamente <br />aprovados con anticipacion por el concilio. si se requiere <br />