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<br />. <br /> <br />e <br /> <br />de circulacion general de dicha Ciudad, no menos de diez (10) dias 0 mas de <br /> <br />treinta (30) diaz antes de la fecha de dicha eleccion. <br /> <br />Seccion 8 <br />AI entregar el candidato su aplicacion en la forma prescrita, la Secretaria <br /> <br />de la ciudad, dara a dicho candidato toda la informacion necessaria para la <br /> <br />calificacion de puesto que se esta buscando; el metodo de colocar el nombre del <br /> <br />candidato es las papeletas de votacion; la cantida de dinero requerido para <br /> <br />registrarse; y cualquier otra informacion necessaria que tenga que ver con la <br /> <br />eleccion. <br /> <br />Seccion 9 <br />Cada candidato para el puesto de Alcalde debera de ser un residente <br /> <br />votante de la ciudad. Cada candidato para el puesto de Consejero de <br /> <br />Distrito, tambien deb era de ser residente del Distrito por el qual se esta <br /> <br />registrando. <br /> <br />Seccion 10 <br />La fecha de vencimiento para que el candidato haga su aplicacion, para <br /> <br />que su nombre aparezca en las papeletas de votacion, esta aqui designando y <br /> <br />establecido como las 5:00 P.M. (cinco de la tarde), Lunes, 15 de Marzo del <br /> <br />2004. Ninguna aplicacion sera aceptada para registrarse antes del 16 de Febrero <br /> <br />del 2004. EI precio del registro para cada candidato para consejero esta <br /> <br />establecido que sera de $50.00, (cincuenta dolares). Este dinero sera usado para <br /> <br />costear los gastos de la eleccion, y dicho precio sera prorrateado y si hay sobrante <br /> <br />sera regresado a dichos candidates. Como alternativa para pagar el registro, el <br /> <br />candidato puede obtener un lugar en la papeleta de votacion allIenar una peticion <br /> <br />11 <br />