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SECCION 504 POLITICA CONTRA LA DISCRIMINACION <br /> BASADA EN DISCAPACIDAD Y PROCEDIMIENTO DE QUERELLAS <br /> Apartado 24 CFR 8,no discriminacion basada en discapacidad en federalmente asistidos programas y actividades <br /> del Departamento de vivienda y desarrollo urbano, seccion 504 de la Rehabilitation Act de 1973,enmendada(29 <br /> U.S.C.794)y 109 de la seccion de la vivienda y el acto de desarrollo comunitario de 1974, segun enmendada(42 <br /> U.S.C. 5309), la Ciudad de La Porte se adopta los procedimientos de politica y quejas: <br /> 1. Discriminacion prohibida. De to contrario no individuo calificado con discapacidad en los Estados Unidos, <br /> unicamente por razon de su discapacidad, se excluira de la participacion en, ser negado los beneficios de o ser <br /> sujeto a discriminacion bajo cualquier programa o actividad recibir Asistencia financiera federal del <br /> Departamento de vivienda y desarrollo urbano (HUD). <br /> 2. La Ciudad de La Porte no discrimina por discapacidad en la admision o acceso a, o tratamiento o empleo en, <br /> sus programas federalmente asistidos y actividades. <br /> 3. La Ciudad de La Porte publicaciones o materiales de reclutamiento incluira una declaracion de esta politica en <br /> 1. encima de. <br /> 4. La Ciudad de La Porte tendra seguir pasos para notificar a los participantes, beneficiarios, solicitantes y <br /> empleados, incluyendo aquellos con deterioro de la vision o audicion y sindicatos u organizaciones profesionales <br /> tenencia colectiva acuerdos de negociacion o profesionales con los destinatarios que no discrimina sobre la base <br /> de discapacidad en violacion de 24 CFR parte 8. <br /> 5. Para personas con discapacidad visual y auditivos individuos elegibles que sirve o que puedan verse afectadas <br /> por el programa CDBG, la Ciudad de La Porte se asegurara de que cuentan con la informacion necesaria para <br /> entender y participar en el programa CDBG. <br /> 6. Quejas y denuncias <br /> a. Cualquier persona que cree que el o ella ha sido victima de discriminacion por discapacidad puede <br /> presentar una queja bajo este procedimiento. Es contra la ley de la Ciudad de La Porte para tomar <br /> represalias contra cualquier persona que presenta una queja o coopera en la investigacion de una queja. <br /> b. Las quejas deben ser dirigidas a: Lorenzo Wingate, Ciudad de La Porte, 604 W. Fairmont Pkwy, La <br /> Porte, Texas 77571, 281-471-5020 que ha sido designado para coordinar los esfuerzos de <br /> cumplimiento de la seccion 504. <br /> c. Una queja debe ser presentado por escrito o verbalmente,contener el nombre y direccion de la persona <br /> que lo presenta y describir brevemente la supuesta violacion de las normas. <br /> d. Una queja debe presentarse dentro de treinta 30 dias habiles despues de que el denunciante tenga <br /> conocimiento de la presunta violacion. <br />