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<br />e <br /> <br />e <br /> <br />la Ciudad de La Porte, Tejas y cada dicha prOVlSlon pudo haber sido aprobada <br /> <br />separadamente sin ninguna otra provision, y si alguna provision de aqui en adelante no es <br /> <br />efectiva, invalida inconstitucional, por cualquier motivo, no impedira 0 afectara el resto <br /> <br />de la provicion, 0 ninguna otra parte, pero la parte valida sera enforzada' como si hubiese <br /> <br />sido aprovada separadamente. <br /> <br />Seccion 14. Esta Ordenanza estara en efecto inmediatamente al ser aprovada. <br /> <br />Seccion 15. EI Consejo Municipal encuentra, determina, recita, y declara que <br /> <br />un aviso por escrito con la fecha, hora, lugar y objeto de esta reunion del Consejo <br /> <br />Municipal fue puesta en un lugar conveniente para el publico en la Municipalidad de la <br /> <br />Ciudad con el tiempo requerido por la ley precediendo esta reunion, como 10 es requerido <br /> <br />por la Lay de Asemblea de Libre Acceso, Capitulo 551, clave del Gobiemo de Tejas, y <br /> <br />que esta asemblea ha sido abierta al publico todo eI tiempo que es requerido por la ley <br /> <br />durante el cual esta ordenanza y cualquier otro asunto haya sido discutido, considerado y <br /> <br />formalmente aceptado. El Consejo Municipal ratifica, aprueba, y confirma dichos avisos <br /> <br />por escrito y el contenido de anunciarlo de alli en adeIante. <br /> <br />ACEPTADO Y APROV ADO este dia 11 de Febrero del 2002. <br /> <br />CruDAD DE LA PORTE <br /> <br />POR~~. <br />Norman L. alone, Alcalde <br />